CASO CHEVRON: Vacío jurídico en el derecho internacional y abuso corporativo

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Hace más de 23 años, 30.000 indígenas y campesinos residentes en las
provincias de Orellana y Sucumbíos, de la Amazonía norte del Ecuador,
agrupados en la Unión de Afectados por las Operaciones de Texaco,
(UDAPT), iniciaron una acción judicial en contra de la transnacional
Chevron Corporation, antes Texaco.
Para refrescar la memoria,
recordemos que Chevron, en 1964, obtuvo un concesión de más de un millón
de hectáreas en la Amazonía norte de Ecuador, para explorar y extraer
petróleo. En esa área de selva tropical amazónica, habitaban pueblos
indígenas ancestrales, entre ellos: los Siekopai, Sionas, Cofanes,
Waorani, Tetetes y Sansahuari.
La empresa Texaco realizó una
operación defectuosa, diseñada para incrementar su ganancia económica,
con la menor inversión posible. Por ejemplo: todas las piscinas, de una
dimensión mínima que sobrepasaban en promedio los 300 metros cuadrados,
las construyó lo más próximo a las fuentes de agua superficial. Vertió
intencionalmente a los ríos de la Amazonía más de 16.000 millones de
galones de agua tóxica (agua mezclada con tóxicos producto de la
extracción); provocó cientos de derrames de crudo, que nunca remedio,
cubrió con petróleo más de 1.500 kilómetros de vías o carreteras.
En
conclusión, causó de forma intencional y reiterada, la destrucción de
más de 450.000 hectáreas de bosque tropical amazónico. De acuerdo a la
ley ecuatoriana, al contrato de concesión y a las prácticas
operacionales de esa época, la compañía estaba obligada a utilizar la
mejor técnica, para evitar el impacto ambiental y así no afectar la vida
de las personas ni del ecosistema; pero, la actitud irresponsable
adoptada por Chevron generó uno de los peores desastres ambientales de
la historia de la humanidad, causado por una transnacional.
Según
varios estudios de salud, entre ellos los contenidos en los libros “Las
Palabras de la Selva”, de Carlos Berinstain y “Cáncer en la Amazonía”,
de Miguel San Sebastián, realizados en la zona, se determina la
existencia de cientos de casos de cáncer, que son plenamente atribuibles
a la constante exposición a los tóxicos arrojados por la petrolera.
Proceso judicial
Con
el sueño de lograr una reparación del daño causado por las operaciones
de Chevron, más de 30.000 indígenas y campesinos de la Amazonía
ecuatoriana, en el 1993, plantearon una demanda en contra de la
petrolera Texaco, en el estado de Nueva York; es decir, ante el sistema
judicial norteamericano.
Chevron activó dos argumentos para su defensa:
- Desestimar la demanda. Para procurar convencer a los jueces norteamericanos que desestimen la demanda, la petrolera logró incidir en el Gobierno de Ecuador, con el cual suscribió un contrato, en el que la petrolera se comprometió a remediar una parte del daño causado.
- Foro no conveniente. El segundo argumento de la petrolera fue el de que el sistema norteamericano, no era el foro conveniente y que si se debía tramitar un juicio, éste debía ser ante el sistema judicial ecuatoriano.
Finalmente,
luego de nueve años de litigios ante el sistema norteamericano, Chevron
ganó esa batalla y el caso se radicó en el Ecuador, en donde la
petrolera argumentó que el sistema judicial ecuatoriano no era
competente para procesar este juicio.
En el 2011, la UDAPT logró
que Chevron sea condenada a pagar más de 9.500 millones de dólares, que
serán destinados a reparar el daño causado.
Sin embargo, durante
todos esos años de proceso, Chevron retiró todos sus bienes y activos
que tenía en el Ecuador, lo que determina que la sentencia que ganaron
los afectados, se vuelva inejecutable en el país donde se produjo el
daño.
Hasta este día, la UDAPT, con su esquipo de abogados, ha
luchado en las cortes de EE.UU., Canadá, Ecuador, Brasil, Argentina e
incluso ante la Corte Penal Internacional. Ha recurrido a varias
relatorías de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, pero hasta hoy no
logra un pleno acceso a la justicia.
¿Cuáles son los obstáculos que tienen los afectados para lograr un adecuado acceso a la justicia?
Existen
múltiples obstáculos que impiden que pueblos y/o comunidades afectadas
tengan pleno acceso a la justicia y sean tratadas en igualdad de
condiciones que las corporaciones.
Costo económico.
Según datos, algunos públicos y otros por análisis de costo, Chevron ha
gastado más de dos mil millones de dólares en su defensa. Ha contratado
más de 60 bufetes de abogados en distintos países, decenas de empresas
de comunicación, de lobby, e incluso empresas de espionaje y persecución
como Kroll por ejemplo, que es una de las compañías de espionaje más
grandes del mundo.
Esa corporación (Kroll), a fines de 2013, reveló que en ese
año había facturado más de 15.000.000 de dólares a Chevron, por espiar y
perseguir al equipo de la UDAPT.
Adicionalmente, Chevron usa mucho de
su dinero para chantajear a distintos gobiernos del mundo, con el fin de
comprar impunidad, por ejemplo, cuando la UDAPT logró activar el
embargo en la República de Argentina, Chevron ofreció realizar
millonarias inversiones en el yacimiento Vaca Muerta, a cambio que los
jueces levanten el embargo que la UDAPT había conseguido activar en ese
país. Finalmente, el chantaje les funcionó, la Corte Suprema de
Argentina, el 4 de junio del 2013, levantó el embargo y el 16 de julio
del mismo año (2013), se suscribió el contrato de inversión entre
Chevron y el Gobierno argentino.
Es imposible para los pueblos
indígenas y campesinos competir y hacer frente a una corporación con un
sistema que no garantiza la igualdad para las partes.
Ocultamiento tras las empresas subsidiarias.
Según el informe publicado en el 2011, PipingProfits, de
PublishWhatyouPay de Noruega, Chevron es una de las corporaciones
más opacas del mundo. Mantiene más de 77 empresas subsidiarias, la
mayoría de ellas en los denominados paraísos fiscales. Uno de los casos
que nos aclara mejor esta telaraña es la ingeniería que construyeron en
Argentina para ocultarse de nuestro juicio. La UDAPT, que ganó el
caso de forma legítima ante las Cortes del Ecuador, hoy está abocada a
realizar distintas acciones de exequátur (homologación de sentencia) en
jurisdicciones extranjeras, entre ellas Canadá, Brasil y Argentina. En
todas ellas, Chevron procura ocultarse tras el velo societario, tras las
subsidiarias.
Uso de la ciencia para torcer la verdad.
Durante el proceso judicial en Ecuador, se generaron más de 80.000
resultados físicos químicos, 106 informes o reportes de expertos, 60 de
los cuales pagados totalmente por Chevron. El legado de tóxicos dejados
por Chevron en nuestra Amazonía es inocultable, es evidente, tanto así
que, a los propios expertos contratados por Chevron se les hacía
imposible no encontrar contaminación. Durante la fase de investigaciones
de campo, el multitudinario equipo de expertos que trabajaba para
Chevron debía hacer un gran esfuerzo para no hallar residuos de tóxicos,
dejados por la petrolera, en la Amazonía; y cuando daban con ellos, que
era siempre, el trabajo de los expertos era ocultarlos o minimizar su
impacto.
Sistema de justicia inaccesible para los pueblos afectados.
Cuando nuestro caso fue planteado ante el sistema de justicia de los
EE.UU., Chevron argumentó que los jueces norteamericanos no tenían
competencia para procesar este juicio, que no era el foro conveniente.
Cuando el caso vino al Ecuador, Chevron argumentó que los jueces del
Ecuador no eran competentes para procesar el juicio. Luego, cuando la
UDAPT ganó el litigio en Ecuador e iniciamos las acciones de Exequátur
en Canadá, Brasil y Argentina, Chevron arguye, en las tres
jurisdicciones, que esos jueces no son competentes para procesar este
proceso. Este argumento lo pone Chevron porque sabe que no existe en el
mundo un instrumento jurídico que permita juzgar corporaciones, ni una
estructura o corte internacional para ese fin. Este es el gran vacío que
existe en el planeta.
Protección del país de origen de la corporación.
En este caso, es evidente que tanto el sistema judicial de los EE.UU.
como la administración pública de ese país, han protegido y siguen
protegiendo ferozmente a la corporación.
Por ejemplo, en su
momento revelaron al menos nueve cables Wikileaks, que evidenciaban los
nexos y las presiones que ejercía la embajada estadounidense en Quito,
en contra del Gobierno ecuatoriano, y del sistema judicial del Ecuador,
para ayudar a Chevron.
Adicionalmente, en los últimos años, el
sistema de justicia de los EE.UU., asentado en Nueva York, ha emitido
resoluciones que prohíben que se pueda ejecutar la sentencia nuestra en
los EE.UU., todo por un supuesto fraude. Durante el proceso judicial,
prohibieron a los ecuatorianos y sus defensores hablar de la
contaminación ambiental generada por Chevron; los jueces que fallaron en
favor de Chevron no conocen el Ecuador, no conocen el daño causado por
Chevron, no han leído la prueba que se generó para que exista la
sentencia en el Ecuador, y al menos uno de esos jueces tiene inversiones
económicas en Chevron, a través de fondos de inversión.
Igualmente
existen diversos documentos que revelan las reuniones de Chevron con
altos funcionarios del Gobierno norteamericano, realizando planes para
incidir en el Gobierno de Ecuador.
Tratados internacionales.
Por último, los tratados bilaterales de protección de inversiones no
hacen más que cerrar el círculo para garantizar la impunidad a las
corporaciones. En el fondo, en los tratados se incluyen normas que
generalmente están por encima de las normas domésticas de los Estados, y
que a la postre garantizan a las corporaciones realizar sus operaciones
de forma segura; pero jamás garantizan el acceso a la justicia a
comunidades afectadas, ni a los Estados cuando las empresas generan
desastres ambientales y sociales. Chevron ha planteado tres arbitrajes
internacionales en contra del Estado ecuatoriano, procesos a los cuales
los afectados no tenemos acceso. Sin embargo, pese a la óptima defensa
que haga el Ecuador, el sistema de arbitraje siempre favorece a las
corporaciones.
Los 23 años de lucha de la UDAPT contra Chevron son
el más claro ejemplo de cómo las corporaciones transnacionales han
creado una verdadera arquitectura que les garantice impunidad, lo que
nos demuestra que el problema que tenemos es sistémico. El sistema
excluye a los pueblos del acceso a la justicia y garantiza completa
impunidad a las corporaciones transnacionales.
Para ilustrar mejor
esta complejidad, aquí formulo varias preguntas. ¿Cómo se explica el
hecho de que cuando una persona quiere demandar a un Estado ante el
sistema regional o internacional de Derechos Humanos, éste primero debe
agotar todos los recursos internos de su país; mas sin embargo, las
corporaciones transnacionales pueden demandar a los Estados
directamente? ¿Por qué este trato diferenciado? ¿Por qué los
instrumentos jurídicos internacionales de Derechos Humanos, ambiente,
pueblos indígenas, son declaraciones no vinculantes; mientras que los
instrumentos jurídicos para proteger las inversiones, al inversionista, a
las corporaciones, son convenios vinculantes?
( Artículo publicado en la Revista América Latina en Movimiento)
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